Un niño lejos de su tierra natal, dijo: “como extraño mi casa, mis amigos, mi parque y mi bandera”.
Las personas en condición de refugiados son aquellas que se encuentran fueran de su país porque su vida, seguridad o libertad están en riesgo por la violencia generalizada, su raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, conflicto interno y otras circunstancias.
En el Perú, se cuenta con La Ley del Refugiado No. 27891 (2002) y su respectivo reglamento que establecen las condiciones, procedimiento, y organismos encargados del procedimiento de determinación de la condición de refugiado en la República de Perú. Estas normas reconocen los derechos y obligaciones de los refugiados y solicitantes de tal condición de acuerdo al marco jurídico internacional.
El año pasado, aproximadamente 26,000 niñas, niños y adolescentes, refugiados y migrantes venezolanos, estudiaron en colegios del Perú. El Minedu estimó que para este año más 100 mil estudiarán en Lima. Muchos de ellos llegan sin sus progenitores, expuestos a riesgos de explotación laboral o sexual. Son ellas y ellos los más afectados con cambios violentos, pero su capacidad de adaptación les hace sonreír y crecer, podemos hacer más agradable su permanencia protegiéndolos con ternura y búsqueda del pleno ejercicio de sus derechos.
El 20 de junio, en el día Mundial del refugiado, hacemos un llamado a mantener el compromiso como país solidario y de acogida para brindar las condiciones necesarias para el ejercicio de derecho como refugiados, fortaleciendo los sistemas de protección con un enfoque integral y de equidad según edad, género y diversidad.